Copias notariales

¿Qué son las copias notariales?

Una copia notarial es la reproducción de un documento original que ha sido otorgado ante Notario. Puede tratarse de una copia auténtica o autorizada (con pleno valor legal y efectos jurídicos) o una copia simple (de uso informativo o documental).

El Notario da fe de que dicha copia es fiel al original, asegurando así su validez, autenticidad y seguridad jurídica.

¿Cuándo puedo solicitar una copia notarial?

Puede solicitar una copia notarial siempre que sea parte interesada en el documento o acredite un interés legítimo y el documento original se encuentre depositado en la Notaría. Algunos ejemplos frecuentes:

  • Necesita una copia autorizada de una escritura de compraventa para inscribirla en el Registro de la Propiedad.
  • Hace falta una copia simple de un testamento o poder notarial para sus archivos.
  • Se requiere una copia para presentar en una administración pública o entidad bancaria.


En algunos casos, la copia debe ajustarse a un formato específico (papel, digital con CSV, etc.), y desde la Notaría le ayudaremos a elegir el soporte más adecuado.

Tipos de copias notariales

Tiene la misma validez legal que el documento original. Suele imprimirse en papel timbrado y lleva la firma y sello del Notario.

Ideal para presentar en registros, juzgados u organismos oficiales.

Reproducción fiel del contenido, sin validez legal plena. Se utiliza como consulta o para trámites que no requieren efectos jurídicos directos.

Cada vez más habitual, incorpora Código Seguro de Verificación (CSV) para su validación online.

Útil para trámites digitales.

¿Quién puede solicitar una copia?

Solo pueden solicitar copias notariales:

  • Las partes intervinientes en la escritura.
  • Herederos, apoderados o representantes legales.
  • Otras personas con interés legítimo, previa justificación.

La solicitud puede hacerse de forma presencial o telemática a través de otra Notaría, en cuyo caso es a este Notario a quien ha de acreditarse el derecho a copia.

Preguntas frecuentes sobre copias notariales

El otorgante del documento o personas con un interés legítimo (por ejemplo, herederos o apoderados).

Depende del tipo de documento y del tipo de copia. En muchos casos, la copia simple se entrega en el mismo día, y la autorizada en 24-48h.

Sí. El Notario conserva los documentos en su protocolo durante 25 años, y luego se archivan en el Archivo Notarial. Le ayudaremos a localizarla.

Sí, si dispones de certificado digital y se cumplen los requisitos legales. Contacte con nosotros para gestionarlo.

Dependerá del número de folios y del tipo de copia. Puedes consultarnos y le daremos un presupuesto sin compromiso.

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Copias notariales Notaría Vía Augusta 4

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