La póliza notarial es un documento mercantil que refleja un contrato celebrado normalmente entre una entidad financiera (banco, cooperativa de crédito, etc.) y un particular o una empresa. Su intervención por parte del Notario le otorga fe pública, seguridad jurídica y validez ejecutiva, lo que permite exigir su cumplimiento en caso de incumplimiento, sin necesidad de un juicio declarativo previo.
Es uno de los instrumentos más utilizados en el ámbito empresarial y financiero.
Entre las pólizas más habituales se encuentran:
Estas pólizas pueden contener cláusulas de garantía, intereses, plazos y condiciones pactadas libremente entre las partes.
La intervención del Notario garantiza:
Además, el Notario asesora de forma imparcial y puede resolver las dudas durante el otorgamiento.
Normalmente es la entidad financiera la que aporta el modelo de póliza. El Notario interviene y da fe del contenido y de la firma de las partes.
Sí. Puedes revisar el documento con la antelación que necesites, y el Notario está obligado a explicarte su contenido si lo solicitas.
Sí, la póliza debe firmarse en presencia del Notario, si bien no es necesaria la unidad de acto en la firma de las pólizas por las distintas partes intervinientes.
La intervención es rápida y puede realizarse en el mismo día si toda la documentación está preparada.
Se puede modificar pero requerirá la intervención de nuevo de todas las partes intervinientes.
Los honorarios dependen del tipo de póliza y de la cuantía de la operación.
El Notario conserva el original, bien en el Protocolo, bien en el Libro Registro de Operaciones Mercantiles y entrega traslados o testimonios a las partes interesadas.
Llámenos, visítenos o rellene el formulario de contacto.
Lunes, Martes, Miércoles y Jueves de 9:00h a 14:00h y de 15:00h a 18:00h.
Viernes de 9:00h a 14:30h.
Sábados y Domingos: Cerrado.