Mario Romeo García
Javier Monedero Alcover
Documentos para dejar constancia de la existencia de hechos o la percepción que de los mismos tenga el Notario.
Preparación y formalización del acto formal de la jura o la promesa de la nacionalidad española ante notario.
Elaboración de poderes en los que se designa a una o a varias personas para representar a una otra, en diversos ámbitos.
Orientación y confección de su testamento, así como gestión integral de todo el proceso de aceptación y adjudicación de una herencia.
Redacción y autorización de contratos de compraventa, así como de otros contratos propios del tráfico jurídico civil.
Autorización de contratos de préstamo hipotecario, subrogación de acreedor, novación, cancelación de su hipoteca, entre otras.
Formalización de negocios en el ámbito empresarial, como la constitución de una sociedad, modificación de estatutos, venta de participaciones, etc.
Documentos propios de la esfera familiar, como un matrimonio, divorcio de mutuo acuerdo, pareja de hecho, capitulaciones, etc.
Intervención de pólizas de contratos mercantiles propios del tráfico bancario como préstamos, líneas de crédito, confirming, leasing, etc.
El testimonio es una reproducción notarial de un documento original. La legitimación acredita que una firma pertenece a una persona determinada.
Una copia notarial es una reproducción fiel y exacta del contenido de un documento notarial: escritura pública, acta notarial o póliza.
Los Notarios podemos intervenir como terceros neutrales a través de la conciliación, como uno de los medios alternativos de solución de conflictos.
Somos un equipo de profesionales con el propósito de acercar el mundo jurídico a la esfera empresarial y personal, con agilidad, transparencia y sencillez.
Los Notarios Mario Romeo García y Javier Monedero Alcover, junto con todo su equipo, cuentan con una dilatada trayectoria en el ámbito notarial y profesional.
Fantástica Notaria en el centro de Barcelona. Tanto mi hermano como yo lo dejamos todo en manos de Francisco Javier Monedero al fallecer nuestro amado padre y los trámites fueron rapidísimos. El notario nos asesoró en todo momento durante el transcurso de la Aceptación de Herencia, Escrituras, etc. y recalcamos su profesionalidad, cercanía y amabilidad. ¡100% recomendable!
Bueno en mi caso puedo dar fe y testimonio que el trámite que realicé con ellos fue una pasada, atenciones de primera y super profesionales, me dijeron tu trámite toma un tiempo pero déjalo en manos de nosotros y efectivamente se resolvió en el tiempo que ya habían previsto. Muchas gracias por sus servicios de mi parte os puedo recomendar sin lugar a dudas.
Mi esposa y yo utilizamos los servicios de este notario. Sus conocimientos, asesoramiento y profesionalidad fueron excelentes. ¡Personalmente les recomiendo!
Servicio excelente. Nos resolvieron todas las dudas, tomándose el tiempo que necesitábamos. Muy ágiles y personal, muy amable.
Su tranquilidad es nuestra prioridad.
Le dedicamos el tiempo que merece, con un trato cercano, compromiso absoluto y máxima atención a cada detalle.
Nuestro objetivo es que el contrato, negocio o declaración esté ajustado a la legalidad y sea inatacable. La escritura pública es fehaciente ante los tribunales de Justicia: nadie pone en duda su veracidad.
Firmar cualquier documento en la Notaría aporta la tranquilidad de que el negocio o contrato es definitivo, inamovible y eficaz.
Tratamos de acercar el ejercicio profesional al ciudadano, asesorando con imparcialidad a las partes, prestando asistencia especial al otorgante necesitado de ella y velando por el respeto de los derechos básicos de los consumidores y usuarios.
El acceso al Notariado exige estudios intensos y profundos, que se comprueban con un mecanismo de selección duro y objetivo. En la Notaría estamos actualizando de forma constante nuestros conocimientos profesionales en los ámbitos nacional e internacional.
En la Notaría tratamos de adelantarnos y prevenir los nuevos requerimientos sociales y tecnológicos, adaptándonos de forma permanente a cualquier innovación.
El coste de la intervención notarial es muy inferior a los costes sociales y económicos que evita. Sólo una pequeña parte de lo que se paga en la notaría pertenece a la factura del notario. La mayor parte es una provisión para hacer frente a impuestos, honorarios de registradores y otros gastos generados que el notario abona en nombre del cliente.
Llámenos, visítenos o rellene el formulario de contacto.
Lunes, Martes, Miércoles y Jueves de 9:00h a 14:00h y de 15:00h a 18:00h.
Viernes de 9:00h a 14:30h.
Sábados y Domingos: Cerrado.
Sí, el Notario tiene la obligación de asesorar jurídicamente, interpretar, y configurar con arreglo a la legalidad la voluntad de todas las partes y de forma especial la de aquella más necesitada de protección.
Los particulares tienen el derecho de libre elección de Notario sin más limitaciones que las previstas en el ordenamiento jurídico. La elección de Notario se basa habitualmente en criterios como la proximidad, la confianza, las recomendaciones personales o la rapidez y eficiencia del servicio.
En la mayoría de las ocasiones es necesario agendar una cita previa, para asegurar la disponibilidad del Notario y evitar esperas.
Otorgar un poder notarial permite que otra persona (apoderado) actúe en tu nombre en diferentes asuntos legales, comerciales o personales, lo cual resulta útil en situaciones de ausencia o incapacidad.
Basta con acudir al notario con el Documento Nacional de Identidad y explicar cómo quiere repartir el patrimonio. Si el notario lo considera necesario le pedirá la escritura de sus bienes o más información y después redactará el testamento por escrito y procederá a otorgar escritura pública.
El Notario realiza un control de legalidad de la venta, de la identidad y capacidad de los otorgantes, de los títulos de propiedad y, en su caso, de los poderes aportados; comprueba el estado registral y documental de libertad de cargas de la finca vendida, pide al vendedor el certificado que acredita que se encuentra al corriente en el pago de los gastos de comunidad y el certificado de eficiencia energética (si proceden), comprueba los medios de pago, se asegura de que los interesados quieren y comprenden el contrato que están firmando, les presta información legal y tributaria, les proporciona el asesoramiento jurídico que le soliciten y presenta telemáticamente la escritura en el Registro de la Propiedad, una vez firmada. En muchos municipios consulta telemáticamente si está al corriente en el pago del IBI.
En resumen, el Notario le garantiza que ha verificado los títulos de propiedad y documentación complementaria del vendedor y que éste se encuentra en condiciones legales de transmitir su propiedad.
Ahora bien, la normativa vigente no le impone en general la obligación de comprobar los boletines de la luz, agua, o la basura, entre otros, como tampoco le garantiza que la vivienda tenga algún desperfecto o la pintura esté defectuosa, por poner algunos ejemplos. De esto último ha de preocuparse el comprador.